La presencia de desfibriladores en centros médicos y lugares públicos de gran afluencia de gente ha aumentado de forma notoria en los últimos años. Una rápida actuación ante una parada cardiaca puede ser vital para el paciente. No podemos esperar a que lleguen los servicios sanitarios, tenemos que actuar.
Por este motivo, Quirumed se compromete a ofrecer el material necesario que exige la nueva normativa sobre desfibriladores a todos los centros y espacios públicos de la Comunidad de Madrid. El objetivo es reducir de forma notable la muerte súbita y las lesiones cerebrales ocasionadas por una parada cardiaca.
INSTALACIÓN Y USO DE DESFIBRILADORES EN CENTROS PÚBLICOS
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado recientemente el DECRETO 78/2017, de 12 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario y se crea su Registro.
De esta manera, Madrid da un paso adelante para convertirse en una región “cardioprotegida», instalando estos dispositivos en lugares muy concurridos y de gran afluencia, con el objetivo de salvar vidas y reducir los posibles efectos de una parada cardiaca.
LUGARES EN MADRID CON DESFIBRILADORES
La normativa aprobada por el Consejo de Gobierno madrileño obliga a la instalación de desfibriladores en los siguientes espacios públicos:
- Centros comerciales, aeropuertos y estaciones de autobús y ferrocarril en ciudades de más de 50.000 habitantes.
- Estaciones de metro, ferrocarril y bus con un tránsito medio diario de personas igual o superior a los 1.000 usuarios.
- Establecimientos con aforo para 2.000 personas.
- Establecimientos que dependen de forma directa de la Administración Pública en ciudades de más de 50.000 habitantes y con una afluencia de gente superior a 1.000 personas.
- Centros, complejos o instalaciones deportivas con una media de usuarios diaria igual o superior a 500 personas.
- Centros educativos.
- Lugares de trabajo con más de 250 empleados.
- Establecimientos hoteleros que dispongan de más de 100 plazas.
- Centros de la tercera edad con capacidad para más de 200 personas mayores.
¿QUIÉN PUEDE USAR UN DESFIBRILADOR?
El uso de un desfibrilador externo está destinado a personal sanitario y técnicos de emergencias sanitarias. También podrá ser utilizado por personas con conocimientos mínimos y básicos, adquiridos tras una formación sobre el uso de un desfibrilador.
De todos modos, y ante situaciones de emergencia en las que se requiere una rápida intervención, podrá ser usado por cualquier persona, siempre y cuando siga las instrucciones del desfibrilador automático y haya contactado previamente con los Servicios de Emergencias (112).
INVERSIÓN EN DESFIBRILADORES
La Comunidad de Madrid ha anunciado la instalación de cerca de 2.100 desfibriladores en centros y estancias que dependen direcamente de las distintas consejerias de la comunidad. La inversión estimada para proveer a estos centros de desfibriladores automáticos asciende a un importe de 1.6 millones de euros. Se estima que cada desfibrilador tendrá un coste aproximado de 800 €.
Todos los organismos e insituciones públicas, así como también las empresas que lo precisen, dispondrán de un periodo de 12 meses a contar desde la fecha de entrada en vigor del decreto, para llevar a cabo su instalación. En el caso, de que ya se disponga de un desfibrilador en los lugares antes mencionados, se deberá de revisar si cumple con la normativa y, en ese caso, proceder a su cambio. El tiempo asignado para estos casos será de 3 meses.
Quirumed se compromete a acercarle el material necesario para que cumpla con la actual normativa.